Este artículo está destinado para unidades residenciales. Analizaremos esta situación bajo dos eventos: Inicio del contrato o de sus prórrogas.
Cuando de firma un contrato de arrendamiento este contiene cláusulas tanto para los arrendatarios como para el arrendador. La parte que incumpla debe indemnizar a la otra, cláusula que de estar contenida en el contrato de arrendamiento.
En el caso de Contratos de Arrendamiento con destino a Vivienda Urbana, lo regula la Ley 820/2003, contempla que:
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